Auto Supremo AS/0896/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0896/2016-RA

Fecha: 14-Nov-2016

La fundamentación del Auto de Vista recurrido, adolece de claridad, debido a que alega defectos


La fundamentación del Auto de Vista recurrido, adolece de claridad, debido a que alega defectos absolutos sobre el incumplimiento del principio de inmediación y continuidad; empero, al mismo tiempo reconoce que en la declaración del testigo Fernando Crespo Lijeron existió la participación activa de la acusación y defensa; por lo que, habría validado el defecto y en consecuencia deja de ser absoluto como efecto y consecuencia de la tramitación misma del juicio oral; es incompleta, debido a que no conecta el razonamiento sobre el incumplimiento del principio de continuidad con los otros principios y la parte resolutiva de la Sentencia es ilegítima; puesto que, la parte acusadora no reclamó oportunamente en juicio la vulneración de derechos y la existencia de defectos absolutos en relación al principio de continuidad y contrariamente lo convalidó; por tanto, la decisión del Tribunal de apelación es y se constituye en incongruente por ser ultra petita; es ilógica, por cuanto no existe una valoración integral de los principios rectores del juicio oral y se circunscribe a uno (continuidad) que ha sido convalidado, a cuyo efecto cita el Auto Supremo 5 de 26 de enero de 2007