Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0926/2016-RRC
Fecha: 24-Nov-2016
I.1.2. Petitorios
I.1.2. Petitorios
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Por memoriales presentados el 1 de abril de 2015 y 6 de abril de 2016,
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I.1. Antecedentes
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a)Por Sentencia 6/2011 de 18 de marzo (fs
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I.1.1. Motivos de los recursos de casación
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De los memoriales de recursos de casación y del Auto Supremo 636/2016-RA de 23 de
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1) El recurrente denunció que pese al pronunciamiento del Auto Supremo 438/2014-RRC de 11 de
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los tipos penales 146 y 150; ii) Errónea valoración y violación de los arts
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Del recurso de casación de la representación de la Cámara de diputados
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Se denuncia que el Estado se halla excluido del pago de costas y honorarios profesionales,
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I.1.2. Petitorios
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El imputado solicita que una vez revisados los antecedes se case el Auto de Vista
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 636/2016-RA de 23 de agosto, cursante de fs
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II.1. De la Sentencia
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El Tribunal Segundo de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La
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Con relación a los imputados Williams Gustavo Paniagua Yépez y Guillermo Javier Olmos Tórrez, el
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Por todo lo expuesto, el Tribunal Segundo de Sentencia de la entonces Corte Superior del
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II.2. De las apelaciones restringidas
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Notificadas las partes con la Sentencia, tomando en cuenta los agravios traídos en casación se
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II.3. Del Auto de Vista 32/2012 de 24 de enero
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La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, admitió los recursos
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II.4. Del Auto Complementario
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Que por memorial de fs
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II.5. De los recursos de casación
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vta
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II.6. Del Auto Supremo 202/2013 de 16 de julio
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Conforme a los datos del proceso, se advierte que la presente causa fue radicada anteriormente
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En efecto, denunciada la insuficiente fundamentación de la Sentencia y la defectuosa valoración de la
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II.7. Del Auto de Vista 75/13 de 16 septiembre
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En cumplimiento de la Doctrina legal establecida en el Auto Supremo supra citado, la Sala
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II.8. Del Auto Supremo 438/2014-RRC de 11 de septiembre
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Mediante Auto Supremo 438/2014-RRC, ante la evidencia de las denuncias efectuadas, se dejó sin efecto
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Asimismo, con relación a la falta de fundamentación respecto, de la revisión de su recurso
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Conforme a este reclamo, el Tribunal de alzada señaló “…que existe recurso de apelación contra
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Ahora bien de la revisión de antecedentes es necesario señalar que por decreto de 22
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Esta relación necesaria de antecedentes, permite concluir a este Tribunal Supremo, que es evidente que
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II.9. Del Auto de Vista impugnado
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En cumplimiento de la doctrina legal establecida en el Auto Supremo citado, la Sala Penal
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III.1. Del recurso de casación de Héctor Antonio Solares Maymura
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Debe tenerse en cuenta que este Tribunal, admitió el presente recurso con relación al motivo
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Como primer motivo, el recurrente denunció que el Auto de Vista impugnado incurrió en una
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esta última conclusión (Que el recurrente haya sido diputado nacional), situación que amerita ser corregida
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En la eventualidad de aplicación divergente de una misma norma en diversos casos o bien
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El ordenamiento jurídico boliviano en materia penal, establece claramente que los fallos del Tribunal Supremo
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El art
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Asimismo, con relación a la presunta contradicción existen entre el Auto de Vista recurrido y
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por el Auto Supremo 438/2014-RRC, ya que subsana al incorrecta interpretación efectuada dentro del Auto
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En cuanto a los incisos: ii) Errónea valoración y violación de los arts
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III.2.Del recurso de casación de los representantes de la Cámara de Diputados
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En este recurso de casación se alega que el Estado se halla excluido del pago
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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