Por otra parte en cuanto a la inexistencia de indicios sobre la participación en los
Por otra parte en cuanto a la inexistencia de indicios sobre la participación en los hechos que se investigan; corresponde señalar que el apelante en su escrito recursivo en la foja 12 vta., reconoce que el Ministerio Público amplió la investigación respecto al recurrente conforme al requerimiento FGE/RART Nº 7/2016, elemento suficiente para considerar que el Ministerio Público ha referido la probable participación del apelante en los hechos que se investigan, en base al cual queda justificado el requerimiento de aplicación de medidas cautelares de carácter real en contra de los bienes de Antonio Céspedes Toro, por lo que al estar reconocida -por el apelante- que la ampliación de la investigación penal lo incluyó en la investigación y con la misma fue notificado el apelante como consta el diligencia de fs. 16, por lo que el mismo no puede reclamar que no exista denuncia en su contra alegando que no participó en los hechos que se investigan
- Expediente: Chuquisaca 1/2015
- Partes: Ministerio Público c/ Gonzalo Daniel Sánchez de Lozada Sánchez Bustamante y otros
- Proceso: Contratos Lesivos al Estado y otros
- VISTOS: El memorial de apelación de fs
- La Sala Penal, del Tribunal Supremo de Justicia, pronuncia el Auto Supremo Nº 028/2016 de
- El recurrente en su escrito de fs. 10 a 12 vta., expresa los puntos siguientes
- Acusa que, el Fiscal General sin fundamento alguno emite la Resolución FGE/RJGP 11/2016, procede en
- Asimismo cita el art
- Por lo que solicita revocar el Auto impugnado y se deje sin efecto la medida
- La Procuraduría General del Estado, contestó dicho recurso en memorial de fs
- El art
- Respecto a la consideración de la declaración informativa del apelante; corresponde señalar que la medida
- La anotación preventiva de los bienes propios del imputado puede ser dispuesta directamente por el
- La medida cautelar real, tiene la finalidad de garantizar una posible reparación civil del daño
- También corresponde referirse a la alusión del apelante, en sentido de que no participó de
- Asimismo corresponde señalar que respecto a la crítica del fundamento de la Resolución Fiscal que
- Por otra parte en cuanto a la inexistencia de indicios sobre la participación en los
- POR TANTO
- Regístrese notifíquese y cúmplase.
