Auto Supremo AS/1261/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1261/2016

Fecha: 07-Nov-2016

Al respecto se debe señalar que conforme se desarrolló en punto III

Al respecto se debe señalar que conforme se desarrolló en punto III.2 de la doctrina aplicable, la demanda de usucapión debe dirigirse contra quien figure como propietario en el Registro de Derechos Reales o contra sus presuntos herederos, o en su caso establecer por todos los medios necesarios el nombre del ultimo propietario registral, ya que están en juego razones de orden público por tratarse de un modo excepcional de adquirir la propiedad que correlativamente apareja la extinción para su anterior titular, en virtud del principio de exclusividad que reviste el derecho real de propiedad. Requisito que tiene como fundamento la garantía del derecho de defensa de los titulares del inmueble que se pretende usucapir, cuya finalidad además de asegurar el respeto del derecho de defensa a través de la conformación del legítimo contradictor, es la de asegurar la primacía de los principios de seguridad jurídica y de eficiencia, pues se pretende claridad y certeza en la titularidad del derecho que se pretende obtener mediante la usucapión