Auto Supremo AS/0952/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0952/2016-RRC

Fecha: 05-Dic-2016

El recurrente hace referencia a que el Código de Procedimiento Penal, busca garantizar el debido


Del recurso de casación y del Auto Supremo 680/2016-RA de 12 de septiembre, se extrae el motivo a ser analizado en la presente Resolución, conforme al mandato establecido por los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).

El recurrente hace referencia a que el Código de Procedimiento Penal, busca garantizar el debido proceso así como el derecho a recurrir, permitiendo la revisión de un fallo adverso, garantía plasmada en la Constitución Política del Estado, así como el art. 8.2 inc. h) del Pacto de San José de Costa Rica, convenio ratificado por Ley 1430 de 11 de febrero de 1993 y art. 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ratificados por Ley 2119 de 2 de septiembre de 2000; en ese contexto, afirma que se puede recurrir un fallo pronunciado por un Tribunal de primera instancia, solicitando la corrección de oficio por el Tribunal de Alzada en el ejercicio de la facultad prevista en la “Ley Orgánica del Órgano Judicial” (sic), aunque no hubiere hecho reclamo oportuno para su saneamiento