Auto Supremo AS/1378/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1378/2016

Fecha: 05-Dic-2016

De lo anterior se establece que los reclamos vertidos por la recurrente devienen en infundados,

De lo anterior se establece que los reclamos vertidos por la recurrente devienen en infundados, correspondiendo dictar Resolución conforme determina el art. 220.II del Código Procesal Civil