Auto Supremo AS/1378/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1378/2016

Fecha: 05-Dic-2016

En conclusión se debe señalar que respecto a lo reclamado en la forma, es un

A este efecto también recurrimos al criterio del Dr. Pedro J. Barsallo que refiere sobre el principio de preclusión que: “En síntesis la vigencia de este principio en el proceso, hace que el mismo reparte el ejercicio de la actividad de las partes y del Tribunal, dentro de las fases y periodos, de manera que determinados actos procesales deben corresponder necesariamente a determinados momentos, fuera de los cuales no pueden ser efectuados y de ejecutarse carecen totalmente de eficacia”.
En conclusión se debe señalar que respecto a lo reclamado en la forma, es un aspecto procedimental ya respondido y con calidad de cosa juzgada, al haber sido resuelto en la etapa procesal correspondiente como se señaló supra