Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0011/2016
Fecha: 04-Feb-2016
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
-
Auto Supremo Nº 11/2016
-
Expediente: SC-CA.SAII-LP.206/2015
-
Distrito: La Paz
-
Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
-
CONSIDERANDO I: Que, dentro del trámite de reclamación de pensiones interpuesto por Luciano Quispe Paye,
-
A su vez, el solicitante interpuso recurso de reclamación (fs
-
En grado de apelación interpuesto por el solicitante (fs
-
El auto de vista referido, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
-
Por otro lado, señala que el tribunal de apelación tampoco consideró que el parágrafo II
-
Por otro lado manifiesta que, si bien el auto de vista impugnado radicó su
-
Asimismo, señala que se debe considerar que el art
-
Manifiesta además que, el tribunal de alzada, al margen de la indebida aplicación del art
-
Finaliza señalando como normas legales violadas, erróneamente interpretadas e indebidamente aplicadas, los arts
-
En virtud a lo expuesto, solicita, se conceda el recurso de casación ante el Tribunal
-
A su vez, el demandante Luciano Quispe Paye, respondió en base a los argumentos expuestos
-
CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, se establece lo siguiente
-
Al respecto, revisados los antecedentes del proceso, se evidencia que el titular de la renta,
-
Asimismo, el art
-
Además, es necesario precisar también que el art
-
De esta forma, el análisis realizado nos lleva a la certeza de que estos aspectos
-
Al respecto, la Constitución Política del Estado promulgada el 7 de febrero de 2009, crea
-
De ahí, se tiene que el sistema de Compensación de Cotizaciones tiene como finalidad principal,
-
En ese contexto y considerando los alcances de protección que tiene el derecho a la
-
De esta manera, en resguardo del derecho fundamental a la Seguridad Social, en el supuesto
-
En ese sentido, por mucho que el solicitante no hubiera figurado en planillas, el SENASIR
-
En ese sentido, se concluye que el auto de vista recurrido no transgrede ni vulnera
-
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
-
Sin costas en aplicación del art
-
Regístrese, notifíquese y devuélvase
-
FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
-
ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
Otros enlaces de interés: