Contra la mencionada Sentencia Lidia Santos Vda de Choque interpuso recurso de apelación en conocimiento
Contra la mencionada Sentencia Lidia Santos Vda de Choque interpuso recurso de apelación en conocimiento del mencionado recurso la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba pronunció Auto de Vista de fecha 12 de diciembre de 2014, confirmó la Sentencia con la modificación del punto 3 de la parte resolutiva de la Sentencia, disponiéndose no haber lugar al pago de daños y perjuicios en favor de los demandados, por no haberse demostrado dicho extremo con la prueba suficiente y pertinente dentro del proceso, sin costas por la modificación
- Jeanneth Miriam Quezada
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I:
- septiembre de 2014 de fs
- Contra la mencionada Sentencia Lidia Santos Vda de Choque interpuso recurso de apelación en conocimiento
- En la forma
- En el Fondo
- Del recurso de Walter Orellana Chavere en representación de Esteban Mario Quezada Meza y Jeanneth
- Los recurrentes acusan que el Auto de Vista de fecha 12 de diciembre de 2004
- Al respecto diremos que el Tribunal de Alzada si consideró que la mencionada prueba
- documento de compra venta por falta de consentimiento la prueba que resulta transcendental e importante
- Con relación a la supuesta confesión que realizan los demandados que el documento se firmó
- Los recurrentes en el recurso de casación interpuesto traen como reclamo el pago de daños
- Por lo indicado concluiremos que, los Tribunales de instancia obraron conforme a derecho correspondiendo
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
