Auto Supremo AS/0100/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0100/2016

Fecha: 04-Feb-2016

Que existiría aplicación indebida del art


Que existiría aplicación indebida del art. 521 del CC, violación e inobservancia del art. 1287 del CC y el art. 25 de la Ley del Notariado, por cuanto si bien seria cierto que el contrato de transferencia tiene lugar por efecto del consentimiento sin embargo la demanda no se refiere a la nulidad del contrato por falta de consentimiento para argüir en el fondo como se hizo en el Auto de Vista recurrido, sino que se estaría demandando la nulidad de la Escritura Pública Nº 406/1991 por no haberse elevado a la categoría de instrumento público por el notario con las solemnidades de ley, por lo que al protocolizarse ilegalmente las dos minutas con una simple orden judicial se habría actuado al margen de los arts. 1287 del CC, 17 y 25 de la Ley del Notariado, pues al no existir cláusula de conversión las minutas serian simples proyectos o borradores mientras no sean elevadas a escrituras públicas