Auto Supremo AS/0117/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0117/2016

Fecha: 05-Feb-2016

Adicionalmente a lo expuesto, si los recurrentes consideraban la omisión o falta de pronunciamiento


Adicionalmente a lo expuesto, si los recurrentes consideraban la omisión o falta de pronunciamiento sobre el reclamo planteado, tampoco utilizaron el recurso que franquea la ley, como es la solicitud de explicación y complementación, que es el remedio para obtener que el mismo órgano judicial que dictó una Resolución subsane las deficiencias, aclarando los conceptos oscuros, supliendo las omisiones que adolece el pronunciamiento, lo que ahora tardíamente aducen en el recurso de casación, con olvido que ante su desidia se operó el principio de la preclusión, por lo que el recurso de casación en la forma deviene en infundado