Auto Supremo AS/0118/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2016-RRC

Fecha: 17-Feb-2016

3) En el mismo considerando quinto, el Ad quem, señala que la Sentencia también incurrió


3) En el mismo considerando quinto, el Ad quem, señala que la Sentencia también incurrió en defecto previsto por el inc. 4) del art. 370 del CPP, al ser incorporada y valorada una pericia como prueba documental y testifical, vulnerando el debido proceso tutelado por el art. 115 de la Constitución Política del Estado (CPE), al haber condenado al imputado con una prueba que no estaba autorizada por ninguna autoridad competente, y cuya solicitud de elaboración en medida preparatoria fue negada y que “(…) además se evidencia que dicha auditoría a la fecha de la solicitud de medida preparatoria ya estaba realizada en fecha 14 de septiembre de 2.014, lo cual constituye en prueba ilegal y no puede ser utilizada para fundar una sentencia. “ (sic)