Auto Supremo AS/0118/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2016-RRC

Fecha: 17-Feb-2016

b) Bajo el epígrafe: “POR NO APLICAR CORRECTAMENTE EL ART


b) Bajo el epígrafe: “POR NO APLICAR CORRECTAMENTE EL ART. 407 DEL CPP EN CONTRADICCIÓN CON LA DOCTRINA LEGAL APLICADA EN EL AUTO SUPREMO 307 DE 11 DE JUNIO DE 2003” (sic); el recurrente denuncia, que el Tribunal de alzada apartándose del art 407 del CPP, actuó de forma ultra petita; por cuanto, habría debatido aspectos no reclamados por el imputado, saneando la falta de fundamentación y expresión de agravios de la apelación donde el imputado no citó en términos claros, concretos y precisos, ni la ley sustantiva o adjetiva; infringida o aplicada erróneamente, tampoco habría fundamentado en que consiste la violación, falsedad o error, ni expresado cómo debía aplicarse la Norma Penal Sustantiva o Adjetiva, tampoco impetró la nulidad de la Sentencia, ni que se reponga el juicio por otro Tribunal; empero, el Tribunal Ad quem de forma ultra petita anuló la Sentencia realizando una valoración fáctica y calificando como ilegal la prueba documental 9, sin fundamentación de los defectos absolutos para que la misma sea ilegal; a cuyo efecto, invoca el Auto Supremo 307 de 11 de junio de 2003 y 635 de 20 de octubre de 2004