Auto Supremo AS/0122/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122/2016-RRC

Fecha: 17-Feb-2016

Por Sentencia 13 de 6 de junio de 2013, el Tribunal Sexto de Sentencia y


Por Sentencia 13 de 6 de junio de 2013, el Tribunal Sexto de Sentencia y Sustancias Controladas del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a los imputados Víctor José Ferrada Omonte y Lilian Morón Montaño de Ferrada, absueltos de pena y culpa por el delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 de la Ley 1008, en base a los siguientes motivos: i) Los imputados no cuentan con antecedentes penales anteriores al hecho por el cual se les juzga; ii) La prueba de cargo producida e incorporada legalmente al juicio oral por el Ministerio Público, no generó en el pleno del Tribunal, certeza más allá de toda duda razonable sobre la culpabilidad de los imputados en la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado en el art. 48 de la Ley 1008; y iii) El hecho de haberse encontrado la sustancia controlada en una bolsa de la jardinera del patio de la casa donde vivían los imputados, no es suficiente para establecer una pena a los procesados; por cuanto, la droga no fue encontrada por la policía, a lo que se suma que los imputados eran personas que tenían muchos enemigos que fueron ganando con el transcurso del tiempo al verse envueltos presuntamente en procesos por tierras en el norte del Departamento