Remitidos los antecedentes a la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija,
Conforme se tiene de los antecedentes procesales vinculados al recurso, el imputado, interpuso recurso de apelación restringida, reclamando como motivos de su recurso que, el Tribunal de Sentencia en inobservancia de los arts. 39 y 40 del CP, le condenó a una pena excesiva de cinco años, sin considerar que el único medio de sustento que tenía era el de chófer y que al habérsele suspendido definitivamente su licencia de conducir no puede realizar su habitual trabajo, ocasionándole perjuicio, sostiene también, que no se consideró que cubrió los gastos fúnebres de la víctima de acuerdo a sus posibilidades; tampoco, se hizo referencia a su situación económica ni existe fundamentación respecto a sus condiciones especiales, ni a sus antecedentes y condiciones personales, de ese modo no se ponderó que era padre de familia, con tres hijos menores de edad, cuya dependencia, cuidado y manutención le correspondían, que no tenía antecedentes negativos, limitándose únicamente a establecer la pena de cinco años, olvidando que se trata de un delito de carácter culposo y fortuito; y, por ésta situación debió reducirse la pena al límite de poder obtener el perdón judicial.
Remitidos los antecedentes a la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, conforme se extrajo en el acápite II.3 de esta Resolución, advirtió del acápite subtitulado Fundamentación Jurídica, que el Tribunal de mérito, asignándoles valor probatorio a cada una de las pruebas de cargo y de descargo, estableció su convicción sobre la causa inmediata y directa para que se produzca el accidente de tránsito, consistente en la inobservancia de las normas de tránsito por parte del conductor, actual recurrente, que conducía en estado de ebriedad, causando la muerte de la menor, teniéndose demostrada su participación culposa, por lo que adecuó su conducta al ilícito de Homicidio en Accidente de Tránsito, previsto en el art. 261 del CP, que establece, en el parágrafo I: “El que resultare culpable de la muerte o producción de lesiones graves o gravísimas de una o más personas ocasionadas con un medio de transporte motorizado, será sancionado con reclusión de uno (1) a tres (3) años. Si el hecho se produjera estando el autor bajo la dependencia de alcohol o estupefacientes, la pena será de reclusión de cinco (5) a ocho (8) años y se impondrá al autor del hecho, inhabilitación para conducir de forma definitiva” (resaltado propio)
- Por memorial presentado el 14 de septiembre de 2015, cursante de fs
- a) Por Sentencia 21/2014 de 15 de septiembre (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Del recurso de casación y del Auto Supremo 706 /2015-RA de 30 de noviembre, se
- El recurrente solicita se ordene la anulación del Auto de Vista para ordenar la modificación
- Mediante Auto Supremo 706/2015-RA de 30 de noviembre, cursante de fs
- Por Sentencia 21/2014 de 15 de septiembre, la Jueza Primero de Sentencia en lo Penal
- Del acápite: “III
- Notificadas las partes con tal determinación, Gustavo Ferrari Urzagaste, interpuso recurso de apelación restringida,
- Solicitando el apelante se aplique una pena más benigna para poder acceder al perdón judicial;
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- El Tribunal de alzada pasó a resolver la apelación, mediante Auto de Vista 52/2015 de
- Del considerando “II
- Por lo expuesto, el Tribunal de alzada, en el apartado “II
- Estableciendo el Tribunal de alzada que los agravios de supuesta defectuosa valoración de pruebas o
- La Constitución Política del Estado, reconoce al debido proceso en sus tres vertientes, como derecho
- Conforme a la Norma Fundamental, el Estado tiene el deber de proteger la libertad de
- En la mismo cuerpo normativo, dispone que el derecho al trabajo deberá ser protegido por
- “… el art
- Así los arts
- A continuación, estableció como pautas para determinar la pena, que en: “…En este contexto, es
- III.3. Análisis del caso concreto
- El recurrente esencialmente denuncia que el Tribunal de alzada confirmó una Sentencia defectuosa al no
- Remitidos los antecedentes a la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija,
- En ese contexto, se tiene que determinó los presupuestos establecidos en los arts
- En consecuencia, con estos antecedentes y ante el evidente cumplimiento de las normas penales sustantivas,
- Por expuesto, habiéndose sujetado tanto la Jueza de Sentencia como el Tribunal de alzada a
- Con relación al derecho al derecho al trabajo, del mismo modo se reitera que, este
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
