Auto Supremo AS/0208/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0208/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

2) Refiriendo que el Auto de Vista “PRETENDE CONSOLIDAR” (sic), la errónea aplicación de la


2) Refiriendo que el Auto de Vista “PRETENDE CONSOLIDAR” (sic), la errónea aplicación de la ley sustantiva, sostiene que el fallo impugnado no advirtió que en su apelación restringida denunció error in judicando, amparado en el art. 370 inc. 1) del adjetivo penal, por no haberse acreditado la existencia de responsabilidad penal, es más por incorrecta aplicación de la ley; toda vez, que el hecho se produjo en marzo de 2008 cuando estaba en vigencia la Ley 1768, en la cual la pena por el delito endilgado no excedía de dos años, que en su caso se le habría impuesto una sanción sin tomar en cuenta la “JUSTA CAUSA” (sic), como elemento primordial del ilícito acusado, vulnerando de esta manera el debido proceso, invoca sobre este agravio la Sentencia Constitucional 0770/2012-R