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    Auto Supremo AS/0293/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0293/2016

    Fecha: 04-Abr-2016

    El carácter esencial del proceso concursal, es su universalidad, por virtud de la cual se

    El carácter esencial del proceso concursal, es su universalidad, por virtud de la cual se resuelve en un solo procedimiento todas las cuestiones relativas a la liquidación de los bienes del deudor y al pago de todos sus acreedores, suspendiéndose las ejecuciones individuales, que se acumulan necesariamente
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Auto de Vista
    • Por dicho motivo el Tribunal de Alzada revocó totalmente el Auto de fecha 03 de
    • Resolución de Alzada que fue recurrida en casación por la parte demandada, el mismo que
    • II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Respecto a la desacumulación del proceso seguido por el Banco Ganadero, menciona también que el
    • III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • Se dice que hay concurso civil de acreedores, cuando se procesa judicialmente la verificación de
    • El carácter esencial del proceso concursal, es su universalidad, por virtud de la cual se
    • IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • En el caso de Autos, el Tribunal de Alzada señaló y dejó en claro que:
    • Por dichos motivos, corresponde aplicar lo dispuesto en el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.

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