IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Como se tiene expuesto en la doctrina aplicable al caso, todos los doctrinarios concuerdan que el proceso concursal de acreedores, resulta ser un proceso especial, con un procedimiento único que debe seguir el operador judicial que conozca el concurso, en base a ese manto doctrinal, entendemos que al ser un proceso especial y regida en reglas especiales y procedimiento propio, la perención de instancia no alcanza al proceso de concurso necesario o voluntario de acreedores, la naturaleza jurídica de dicho proceso hace que no se aplique dicha sanción procesal
Como se tiene expuesto en la doctrina aplicable al caso, todos los doctrinarios concuerdan que el proceso concursal de acreedores, resulta ser un proceso especial, con un procedimiento único que debe seguir el operador judicial que conozca el concurso, en base a ese manto doctrinal, entendemos que al ser un proceso especial y regida en reglas especiales y procedimiento propio, la perención de instancia no alcanza al proceso de concurso necesario o voluntario de acreedores, la naturaleza jurídica de dicho proceso hace que no se aplique dicha sanción procesal
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Auto de Vista
- Por dicho motivo el Tribunal de Alzada revocó totalmente el Auto de fecha 03 de
- Resolución de Alzada que fue recurrida en casación por la parte demandada, el mismo que
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Respecto a la desacumulación del proceso seguido por el Banco Ganadero, menciona también que el
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Se dice que hay concurso civil de acreedores, cuando se procesa judicialmente la verificación de
- El carácter esencial del proceso concursal, es su universalidad, por virtud de la cual se
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En el caso de Autos, el Tribunal de Alzada señaló y dejó en claro que:
- Por dichos motivos, corresponde aplicar lo dispuesto en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
