Respecto a la desacumulación del proceso seguido por el Banco Ganadero, menciona también que el
Respecto a la desacumulación del proceso seguido por el Banco Ganadero, menciona también que el objeto del proceso concursal es el pago de todos los acreedores del deudor común con el producto de la venta o subasta de sus bienes, teniendo la finalidad esencial la satisfacción de los créditos de los acreedores, al disponer la desacumulación del proceso coactivo seguido por el Banco Ganadero S.A. se estaría afectado este objeto y finalidad del concurso necesario de acreedores
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Auto de Vista
- Por dicho motivo el Tribunal de Alzada revocó totalmente el Auto de fecha 03 de
- Resolución de Alzada que fue recurrida en casación por la parte demandada, el mismo que
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Respecto a la desacumulación del proceso seguido por el Banco Ganadero, menciona también que el
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Se dice que hay concurso civil de acreedores, cuando se procesa judicialmente la verificación de
- El carácter esencial del proceso concursal, es su universalidad, por virtud de la cual se
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En el caso de Autos, el Tribunal de Alzada señaló y dejó en claro que:
- Por dichos motivos, corresponde aplicar lo dispuesto en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
