I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 293/2016 Sucre: 04 de abril 2016 Expediente: CB – 88 – 15 - A Partes: Hely Montellano Aparicio c/ Nelson Villarroel Cardona Proceso: Concurso necesario de acreedores Distrito: Cochabamba
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 166 a 169, interpuesto por Nelson Grover Villarroel Cardona, contra el Auto de Vista de fecha 26 de febrero de 2015, cursante de fs. 161 a 162, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso de Concurso Necesario de Acreedores seguido por Hely Montellano Aparicio en contra del recurrente, la contestación de 177 a 180 y de fs. 184 a 188 y vta., la concesión de fs. 193, los antecedentes del proceso, y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, Tramitado el Proceso, el Juez de Partido Séptimo en lo Civil y Comercial de la Capital, emitió Auto definitivo de fecha 03 de febrero de 2014, cursante de fs. 83 a 84, declarando la Perención de Instancia del proceso de concurso necesario de acreedores, disponiendo la desacumulación del proceso coactivo civil que sigue Banco Ganadero S.A.
Contra el referido Auto definitivo, presentó recurso de apelación la parte interesada, motivo por el cual se emitió el Auto de Vista de fecha 26 de febrero de 2015
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 293/2016 Sucre: 04 de abril 2016 Expediente: CB – 88 – 15 - A Partes: Hely Montellano Aparicio c/ Nelson Villarroel Cardona Proceso: Concurso necesario de acreedores Distrito: Cochabamba
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 166 a 169, interpuesto por Nelson Grover Villarroel Cardona, contra el Auto de Vista de fecha 26 de febrero de 2015, cursante de fs. 161 a 162, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso de Concurso Necesario de Acreedores seguido por Hely Montellano Aparicio en contra del recurrente, la contestación de 177 a 180 y de fs. 184 a 188 y vta., la concesión de fs. 193, los antecedentes del proceso, y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, Tramitado el Proceso, el Juez de Partido Séptimo en lo Civil y Comercial de la Capital, emitió Auto definitivo de fecha 03 de febrero de 2014, cursante de fs. 83 a 84, declarando la Perención de Instancia del proceso de concurso necesario de acreedores, disponiendo la desacumulación del proceso coactivo civil que sigue Banco Ganadero S.A.
Contra el referido Auto definitivo, presentó recurso de apelación la parte interesada, motivo por el cual se emitió el Auto de Vista de fecha 26 de febrero de 2015
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Auto de Vista
- Por dicho motivo el Tribunal de Alzada revocó totalmente el Auto de fecha 03 de
- Resolución de Alzada que fue recurrida en casación por la parte demandada, el mismo que
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Respecto a la desacumulación del proceso seguido por el Banco Ganadero, menciona también que el
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Se dice que hay concurso civil de acreedores, cuando se procesa judicialmente la verificación de
- El carácter esencial del proceso concursal, es su universalidad, por virtud de la cual se
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En el caso de Autos, el Tribunal de Alzada señaló y dejó en claro que:
- Por dichos motivos, corresponde aplicar lo dispuesto en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
