Auto Supremo AS/0294/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0294/2016

Fecha: 05-Abr-2016

De lo descrito de manera general se debe entender que la presente causa de nulidad


De lo descrito de manera general se debe entender que la presente causa de nulidad fue instaurada por terceros ajenos al contrato del cual se pretende su nulidad, los demandantes, a más de alegar únicamente en tener interés en la causa, debieron demostrar el derecho subjetivo cuya titularidad alegaban, en concreto debieron acreditar el pretendido derecho de propiedad sobre el inmueble, porque dicha titularidad constituye en la presente causa el derecho subjetivo que entraría en pugna con el derecho de los demandados lo que en definitiva les otorgaría la legitimación activa alegado por la parte actora, aspecto que debió ser exigido a tiempo de admitir la demanda, siendo un presupuesto de admisibilidad referido precisamente a la legitimación activa que tendría la parte actora; derecho subjetivo que debe ser real y no hipotético y cuya validez y eficacia dependa inmediatamente de la invalidez del acto jurídico que se pretende anular, siendo ese el interés legítimo que debió ser analizado por el Juez A quo a tiempo de admitir la demanda