Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0314/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0314/2016-RRC

    Fecha: 21-Abr-2016

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 21 de octubre de 2015, cursante de fs
    • b) Recurrida la Sentencia en apelación restringida por la acusadora particular Brígida Gómez Vaca (fs
    • I.1.1. Motivos del recurso
    • 1) La recurrente alega la falta de fundamentación del Auto de Vista, debido a que
    • 2) El Auto de Vista resulta contradictorio e incoherente, porque en la parte considerativa señala
    • 4) Por último, refiere que el recurso de apelación era improcedente, conforme señaló en su
    • I.1.2. Petitorio
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 754/2015-RA de 2 de diciembre (fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de análisis
    • El Tribunal de Sentencia de Puerto Suárez del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz,
    • II.2. Apelación restringida
    • La Sentencia fue recurrida en apelación restringida por la acusadora particular (fs
    • Ruth Giovanna Zarraga Salvatierra, contesta la apelación restringida, conforme consta de fs
    • II.4.Auto de Vista impugnado
    • Este Tribunal, admitió el presente recurso mediante Auto Supremo 754/2015-RA de 2 de diciembre (fs
    • III.1. Sobre la garantía del debido proceso
    • Al respecto, se tiene el Auto Supremo 370/2015-RRC de 12 de junio, que indica
    • Al respecto, la jurisprudencia, a través del Auto Supremo 085/2013-RRC de 28 de marzo, señaló
    • Este razonamiento fue asumido por ésta Sala y se encuentra plasmado en el Auto Supremo
    • No existe fundamentación ni congruencia en el Auto de Vista impugnado, cuando en el mismo
    • Razonamientos que a la postre constituyeron base para emitir doctrina legal aplicable, y que tiene
    • Por otra parte, el Auto Supremo 726/2015-RRC-L de 12 de octubre, señala
    • Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
    • Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
    • Consiguientemente, es deber del Tribunal de apelación, fundamentar debidamente sus resoluciones
    • III.3.Sobre la incongruencia omisiva
    • “…la autoridad jurisdiccional al no pronunciarse sobre el contenido de las pretensiones solicitadas por el
    • Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
    • Consiguientemente, el Tribunal de alzada, debe dar respuesta fundamentada y motivada a todos y cada
    • Asimismo, el Auto de Vista se refirió a aspectos relacionados a disposiciones legales sustantivas para
    • De la revisión del Auto de Vista recurrido, se advierte que no señala cuáles fueron
    • Respecto al cuarto motivo que indica que el recurso de apelación era improcedente, conforme señaló
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca