Auto Supremo AS/0314/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0314/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

De la revisión del Auto de Vista recurrido, se advierte que no señala cuáles fueron


En relación al tercer motivo, la recurrente refiere que el Auto de Vista, incurrió en incongruencia omisiva debido a que no dio una razón o explicación de los puntos apelados que además no contendrían los elementos necesarios para su revisión, conforme se hizo constar en la contestación al recurso de apelación, sin que esta haya sido tomada en cuenta, desconociéndose las razones de su petición de inadmitir el recurso, lo que le genera indefensión y atenta a la garantía del debido proceso.

De la revisión del Auto de Vista recurrido, se advierte que no señala cuáles fueron los puntos impugnados en el recurso de apelación, para que de acuerdo a ello, pueda pronunciarse de manera ordenada a cada uno de esos puntos, igualmente, también se advierte que no hubo pronunciamiento alguno respecto a la contestación al recurso de apelación restringida, obligación que no se puede soslayar en resguardo del principio de igualdad de las partes y del principio de seguridad jurídica, por cuanto ambos contendientes deben ser escuchados por la autoridad en igual condición, más aún considerando que el art. 119.I. de la CPE, establece que las partes en conflicto gozarán de igualdad de oportunidades para ejercer durante el proceso las facultades y los derechos que les asistan, sea por la vía ordinaria o por la indígena originaria campesina; y, por otra parte, el art. 12 del CPP señala que las partes tendrán igualdad de oportunidades para ejercer durante el proceso las facultades y derechos que les asisten; en consecuencia, es contrario a la jurisprudencia señalada en el acápite III.3. de la presente Resolución, concretamente el Auto Supremo 297/2012-RRC de 20 de noviembre, que señala que la autoridad jurisdiccional al no pronunciarse sobre el contenido de las pretensiones solicitadas por el denunciante incurre en una incongruencia omisiva