De todo lo analizado, el Tribunal concluye que el A quo no incurrió en error
De todo lo analizado, el Tribunal concluye que el A quo no incurrió en error en la apreciación de la prueba y valoró tanto las de cargo como descargo en base a las reglas de la sana crítica. Que se dio correcta aplicación de los preceptos normativos invocados, referidos a la eficacia probatoria de la prueba, apreciación de la misma y que el recurrente no demostró la existencia de errores en la apreciación de dicha prueba. Al pronunciar la Sentencia se hizo relación pormenorizada de los hechos, análisis exhaustivo, apreciación y valoración de todas las pruebas cumpliendo lo previsto en el art. 1286 del Código Civil y 397 de su Procedimiento, valoración conjunta, que además los jueces no estuvieran obligados a ponderar una por una y exhaustivamente todas las pruebas sino las que estimen conducentes para fundar sus conclusiones
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia y
- Puntualiza luego a la prueba testifical y la referencia que hicieron los de cargo y
- Por otra parte sobre la prueba pericial, su naturaleza y que los informes presentados fueran
- Que con las fotografías satelitales fue notificado el recurrente y no realizó observación al informe
- Que de la revisión del proceso establece el Tribunal que no se demostró la posesión
- II
- De todo lo analizado, el Tribunal concluye que el A quo no incurrió en error
- Que al no ser evidentes los errores o desaciertos que se argumentaron en el recurso
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- El Tribunal no cumpliría con su deber de director y violaría lo previsto por el
- En los puntos, octavo, noveno y décimo analiza el Código Procesal Constitucional en sus arts
- Señala que debe haber un titular que abandonó el ejercicio de su derecho, que conllevaría
- Que en mérito a los argumentos señalados fuera pertinente la procedencia de la causa según
- 2
- Se asignaría valor probatorio inexistente a la prueba documental aportada de su parte a la
- Que cumplió con la carga de la prueba es decir los medios legales de prueba,
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- Concluye señalando que interpone recurso de casación en la forma y en el fondo, a
- Improcedencia del recurso por violación del art
- Señala que el Auto de Vista cumple con lo previsto por el art
- Las citas constitucionales fueran impertinentes, que además no fueran citadas o acusadas de haber sido
- Asimismo señala que fuera infundado el recurso de casación en el fondo, el Tribunal no
- Pide se declare improcedente el recurso por incumplimiento del art
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- “El requerimiento de posesión continua e ininterrumpida, concibe la idea de posesión material sucesiva y
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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- Por otro lado, en razón a la naturaleza de los reclamos del recurrente, referir que
- Bajo ese antecedente es pertinente señalar que los juzgadores de instancia razonaron que en el
- Por otro lado la afirmación del recurrente en sentido que la titular del derecho propietario
- Aclarado así el incumplimiento de los requisitos para la procedencia de la demanda de usucapión
- En definitiva no existe argumento válido para sostener que en el caso de Autos haya
- Por lo analizado, corresponderá emitir Resolución en sujeción a lo previsto por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
