Auto Supremo AS/0315/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0315/2016

Fecha: 11-Abr-2016

Que cumplió con la carga de la prueba es decir los medios legales de prueba,

Que cumplió con la carga de la prueba es decir los medios legales de prueba, que no se podría pasar por alto el hecho que la “AUTORIDAD A OTORGADO UNA VELIDEZ inexistente y totalmente fuera de lugar la prueba de cargo” y se ignoró la prueba de descargo con la cual se habría infraccionado lo previsto por el art. 476 del Código de Procedimiento Civil. Correspondería al tribunal de casación hacer valoración de la prueba y restituir sus derechos