Por otro lado la afirmación del recurrente en sentido que la titular del derecho propietario
Por otro lado la afirmación del recurrente en sentido que la titular del derecho propietario hubiera abandonado el ejercicio de su derecho extinguiéndolo y pasando a su favor, tampoco es evidente desde la propia afirmación del demandante, cuando de principio señaló en su demanda que la propietaria le habría autorizado de manera voluntaria a realizar movimientos de tierra, lo cual implicaría que esos trabajos los realizó por cuenta de la propietaria, suponiendo que el movimiento de tierra al que hace referencia se produjo desde el año 1999, que es la afirmación básica para sustentar que estuvo en posesión de más de 10 años, sin embargo ese argumento no puede ser tomado en cuenta como verídico a la luz del informe pericial que se produjo en el caso de Autos y se mencionó en el párrafo anterior, que en el año 2004 no se evidenciaba movimiento alguno de tierra
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia y
- Puntualiza luego a la prueba testifical y la referencia que hicieron los de cargo y
- Por otra parte sobre la prueba pericial, su naturaleza y que los informes presentados fueran
- Que con las fotografías satelitales fue notificado el recurrente y no realizó observación al informe
- Que de la revisión del proceso establece el Tribunal que no se demostró la posesión
- II
- De todo lo analizado, el Tribunal concluye que el A quo no incurrió en error
- Que al no ser evidentes los errores o desaciertos que se argumentaron en el recurso
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- El Tribunal no cumpliría con su deber de director y violaría lo previsto por el
- En los puntos, octavo, noveno y décimo analiza el Código Procesal Constitucional en sus arts
- Señala que debe haber un titular que abandonó el ejercicio de su derecho, que conllevaría
- Que en mérito a los argumentos señalados fuera pertinente la procedencia de la causa según
- 2
- Se asignaría valor probatorio inexistente a la prueba documental aportada de su parte a la
- Que cumplió con la carga de la prueba es decir los medios legales de prueba,
- 3
- Concluye señalando que interpone recurso de casación en la forma y en el fondo, a
- Improcedencia del recurso por violación del art
- Señala que el Auto de Vista cumple con lo previsto por el art
- Las citas constitucionales fueran impertinentes, que además no fueran citadas o acusadas de haber sido
- Asimismo señala que fuera infundado el recurso de casación en el fondo, el Tribunal no
- Pide se declare improcedente el recurso por incumplimiento del art
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- “El requerimiento de posesión continua e ininterrumpida, concibe la idea de posesión material sucesiva y
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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- Por otro lado, en razón a la naturaleza de los reclamos del recurrente, referir que
- Bajo ese antecedente es pertinente señalar que los juzgadores de instancia razonaron que en el
- Por otro lado la afirmación del recurrente en sentido que la titular del derecho propietario
- Aclarado así el incumplimiento de los requisitos para la procedencia de la demanda de usucapión
- En definitiva no existe argumento válido para sostener que en el caso de Autos haya
- Por lo analizado, corresponderá emitir Resolución en sujeción a lo previsto por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
