Auto Supremo AS/0324/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0324/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Efectivamente en esta segunda dimensión se identifica la posibilidad que tiene el apelante de subsanar


Efectivamente en esta segunda dimensión se identifica la posibilidad que tiene el apelante de subsanar su apelación cuando no cumpla con ciertas formalidades establecidas en la normativa penal; conocido como el derecho de subsanación, que en la apelación restringida significa: la facultad que tienen las partes de subsanar su apelación restringida planteada, cuando contenga defectos u omisión de forma o de fondo, otorgándosele al apelante el término de tres días a fin de ampliar o corregir su recurso