Auto Supremo AS/0324/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0324/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Este razonamiento fue asumido por ésta Sala y se encuentra plasmado en el Auto Supremo


Este razonamiento fue asumido por ésta Sala y se encuentra plasmado en el Auto Supremo 172/2012-RRC de 24 de julio, que a tiempo de resolver un caso en el que también se denunció la omisión de pronunciamiento respecto a todos los agravios contenidos en la apelación restringida, explicó que: ‘El Art. 180.I de la Constitución Política del Estado, entre los principios rectores en los que se fundamenta la jurisdicción ordinaria, establece al debido proceso como principio que garantiza a todo sujeto procesal, tener acceso a un pronunciamiento motivado y fundamentado, sobre todos los motivos alegados en un recurso. Por ello a los Tribunales de alzada, no les está permitido discrecionalmente determinar o clasificar, qué motivos en su criterio son de fondo y merecen una respuesta fundamentada y qué motivos no tienen relevancia que no merezcan una respuesta debidamente fundamentada