Auto Supremo AS/0325/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0325/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Aludiendo que, en el caso de autos, el apelante se limitó a manifestar que el


Continúa argumentando, refiriendo que cuando se hace referencia a la valoración integral de la prueba, tendrían vinculación con la fundamentación probatoria, la cual estaría plasmada en dos aspectos: a) Fundamentación descriptiva.- La que identificaría el elemento probatorio y su contenido, b) Fundamentación Intelectiva.- La que haría referencia al valor que el juzgador debe otorgar en mérito a la apreciación conjunta y armónica con todo el elenco probatorio.

Aludiendo que, en el caso de autos, el apelante se limitó a manifestar que el Tribunal de juicio, habría quebrado las reglas de la sana crítica referido al elemento de la lógica, señalando que nadie podría saber lo que está sucediendo estando imposibilitado de hacerlo, creando así duda razonable en cuanto a la veracidad del testigo; empero, esa diatriba no la vincula con el razonamiento intelectual y descriptivo como base de la resolución final, ni alega infracción alguna basada en la inadecuada aplicación de las reglas de la sana crítica, además que la explicación del apelante debió ser clara y objetiva del agravio, bajo el principio de trascendencia de las pruebas testificales cuestionadas, como de la atestación de Joaquin Hurtado Mancilla, debió referir cuál de los elementos de la sana crítica fueron inobservadas por el juzgador al dictar la Sentencia apelada