Auto Supremo AS/0381/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0381/2016

Fecha: 19-Abr-2016

Concordante con la diferencia que ya fue establecida por varios autores, este Tribunal Supremo de

Concordante con la diferencia que ya fue establecida por varios autores, este Tribunal Supremo de Justicia en diversos Autos Supremo como el que citaremos líneas abajo, así como el Nº 104/2015 de 12 de febrero, o el Nº 421/2015 de 15 de junio, ambos del año 2015, adoptó la diferencia establecida en ambas figuras, señalando que la sucesión se produce en caso de fallecimiento de la parte y la sustitución en caso de enajenación de la cosa litigada, encontrándose inmersa la primera en el art. 55 del Código de Procedimiento Civil y que si bien la sustitución procesal no se encontraba regulada en dicha norma, la misma era aplicable conforme a la doctrina desarrollada sobre la misma