Auto Supremo AS/0381/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0381/2016

Fecha: 19-Abr-2016

Consecuentemente y toda vez que la causa continuó con su trámite hasta llegar a esta

Consecuentemente y toda vez que la causa continuó con su trámite hasta llegar a esta etapa procesal, se concluye que la misma a partir de la presentación de dicha documental (fs. 237) fue tramitada sin que la parte actora tenga la legitimación en la causa y en indefensión del sujeto titular de la relación jurídica sustancial en que funda la pretensión, por lo que, corresponde a este Tribunal Supremo de Justicia sanear el proceso, en resguardo de la legitimación activa y como el derecho a la defensa que aspectos de orden público, correspondiendo de esta manera que el Juez de la causa tramite la sucesión procesal por haberse transferido el bien litigioso, trámite que deberá ser realizado conforme lo dispone el art. 33 del Código Procesal Civil