Auto Supremo AS/0452/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0452/2016

Fecha: 11-May-2016

La Sentencia Constitucional 0816/2010-R de 02 de agosto, citando a su vez a la SC


III. DE LA DOCTRINA APLICABLE AL CASO:

Tomando en cuenta que el recurso de casación que se analiza denuncia incongruencia “citra petita”, peticionando como sanción la nulidad de obrados; asimismo cuestiona la determinación asumida por los de instancia sobre la prescripción adquisitiva y posesión alegada que hubo demostrado con todos los medios de prueba que refiere; respecto a esta problemática se desarrolla la doctrina aplicable al caso.

III.1. En relación a la congruencia de las resoluciones:

La Sentencia Constitucional 0816/2010-R de 02 de agosto, citando a su vez a la SC 0670/2004-R de 04 de mayo, refirió que: “…el art. 236 del CPC, marca el ámbito de contenido de la resolución a dictarse en apelación, pues estipula que la misma, deberá circunscribirse precisamente a los puntos resueltos por el inferior y que además hubieren sido objeto de apelación y fundamentación, de manera que el juez o tribunal ad quem, no puede omitir pronunciarse sobre los puntos apelados como tampoco ir más allá de lo pedido, salvo en los casos en que los vicios de nulidad constituyan lesiones a derechos y garantías constitucionales como cuando la nulidad este expresamente prevista por ley…”