Auto Supremo AS/0454/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0454/2016

Fecha: 11-May-2016

En el caso presente, se debe señalar que dicho reclamo se limita a identificar

En el caso presente, se debe señalar que dicho reclamo se limita a identificar el vicio respecto a la parte dispositiva de la Sentencia de primera instancia, calificando el error y señalando lo que sería correcto, sin mencionar o fundamentar en que forma afecta sus intereses o derechos dicho error en que habrían incurrido los jueces de instancia; por otra parte, también se debe precisar que en la litis el recurrente tienen la calidad de sujeto pasivo (demandado) de la demanda reconvencional, sin embargo, no obstante que el error identificado por el recurrente desde el recurso de apelación seria desfavorable al demandante reconvencional, éste no apeló contra el fallo de primera instancia, razón por la que la resolución que fue confirmada en su integridad por el Ad quem, por considerar que el recurrente no se encuentra perjudicado con el error acusado en este punto, de donde se infiere que la parte recurrente pretende fundar una nulidad de obrados o modificar la decisión de fondo, en un perjuicio que se habría generado en contra del demandante reconvencional, pero no en su contra por no tener legitimación procesal para impugnar dicho aspecto conforme se tiene sustentado en la doctrina aplicable al caso