Auto Supremo AS/0454/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0454/2016

Fecha: 11-May-2016

En estos antecedentes, estaremos de acuerdo que el Tribunal de alzada otorgó respuesta a todos

En estos antecedentes, estaremos de acuerdo que el Tribunal de alzada otorgó respuesta a todos los puntos que fueron motivo de apelación, exponiendo los motivos y razones porqué llega a confirmar la Sentencia, fundamentación que cumple con la exigencia establecida por basta jurisprudencia constitucional entre ellas la Sentencia Constitucional Nº 0632/2010-R de 19 de julio, por lo que se concluye que el Tribunal Ad quem cumplió y respondió a todos los puntos acusados en apelación, como bien se identificó supra, debiendo tener en cuenta que tal como se expresó en el punto III.1 de la doctrina aplicable al caso cuando en casación se acusa en la forma la falta de respuesta a los puntos de agravio identificados en el recurso de apelación, el Tribunal de casación debe limitar su consideración únicamente para establecer si hubo o no respuesta a los reclamos del recurrente, lo contrario implicaría ingresar a cuestiones que atingen a la impugnación en el fondo, deviniendo en infundado la incongruencia omisiva acusada en este punto