Auto Supremo AS/0497/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0497/2016

Fecha: 16-May-2016

En el fondo

En el fondo:
1.- Señalan que el Ad quem concluyó que por la documental de fs. 50 a 51, acreditaría que la demandada, efectúo la devolución del capital de anticresis por la suma de $us.11.00.- a Miriam Loayza Tufiño; sin embargo de ello, dicha devolución no ocurrió en la realidad, sino que los recurrentes cancelaron anticipadamente en fecha 26 de enero de 2007, se canceló la misma a Gloria Elvira Rivera Pereira para que ésta cancele el monto a Mirian Loayza Tufiño, en consideración a la tercería que favorecía a esta última, a raíz de ello es que en el documento de fs. 35 se señala que Gloria Elvira Rivera se subroga el capital de anticresis, sin embargo en la literal de fs. 51 la demandada alega que devolvió la referida suma, aspecto que va en contra del dispuesto en el art. 523 y 1297 del Código Civil, que los acusa de vulnerados