Auto Supremo AS/0504/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0504/2016

Fecha: 16-May-2016

De la Respuesta al Recurso de Casación


De la Respuesta al Recurso de Casación:

Toribio Willy Huiza Alejo refiere que el Auto de Vista Nº 40/2015 (401/2015) ha sido ecuánime y correcto y que la recurrente menciona en su recurso que se habrían conculcado, vulnerado y transgredido derechos y garantías constitucionales como ser el derecho a la seguridad jurídica, debido proceso, derecho a la imparcialidad de las autoridades judiciales, sin embargo no toma en cuenta que este es un proceso civil y no un proceso penal; que después de haber falsificado sus firmas y huellas insiste en que los exámenes grafológicos y huellográficos elaborados por el Instituto de Investigaciones Forenses no tendrían valor alguno, sin embargo debe considerar que este es un tema civil y no penal y la fundamentación del recurso de casación debe avocarse a ese extremo. Asimismo refiere que el examen pericial que se practicó dentro del proceso penal ha sido anulado, empero desconoce que igual se haga otro examen el resultado será el mismo, ya que Elizabeth Cusicanqui en su declaración informativa policial posterior al examen pericial reconoció que efectivamente las firmas y huellas de su persona fueron fraguadas por un abogado y un notario de fe pública que ella misma no quiso dar los nombres, extremo que se encuentra en grado de apelación por ante la Sala Penal Primera y no como manifiesta que esta pericia se habría anulado, mientras no se resuelva este incidente el examen documentologico y huellográfico emitido por el IDIF- La Paz es subsistente. Concluye su respuesta indicando que se debe declarar el recurso de casación interpuesto infundado