Auto Supremo AS/0504/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0504/2016

Fecha: 16-May-2016

Refiriéndose a su importancia procesal refiere que “El maestro Carlos Morales Guillén en relación a)


El citado autor citando a Gonzalo Castellanos Trigo refiere que el documento cumple al menos dos funciones jurídicas: a) de carácter procesal cuando después de su creación el documento es incorporado a un proceso b) De carácter extra-procesal cuando el documento es creado antes o después del proceso, puede ser de naturaleza sustancial y solemne o meramente probatorio.”

Asimismo refiere “documento es la escritura o instrumento dice Rombolá & Reboiras con que se prueba o confirma alguna cosa” pero haciendo precisiones y distinciones con el citado autor, instrumento es todo lo que sirve para instruir una causa, todo lo que nos conduce a la averiguación de la verdad, todo lo que nos da luz sobre la existencia de un hecho o convenio”.

Refiriéndose a su importancia procesal refiere que “El maestro Carlos Morales Guillén en relación a) Que haya sido preconstituida al establecerse una relación jurídica (contrato) o que haya sido destinada a reproducir ocasionalmente el pensamiento o la actividad de las partes (cartas y papeles domésticos v.gr) b) según provenga de las partes en juicio (confesión) o de un tercero (caso del art. 638) CC.gr y c) según provenga de particulares (libros comerciales) o de funcionarios públicos (despachos o certificados). En ese contexto su importancia como prueba radica en el hecho de que es un medio directo de comprobación de los hechos alegados por las partes cuando cumplen las exigencias y formalidades legales, porque imprimen de manera directa o personal al juez sobre la certeza de la deuda“