Auto Supremo AS/0524/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0524/2016

Fecha: 16-May-2016

Recursos que fueron resueltos por el Auto de Vista REG/S


Recursos que fueron resueltos por el Auto de Vista REG/S.CII/ASEN.128/12.11.2014 de 12 de noviembre de “2013”•, cursante de fs. 1211 a 1215, que en lo relevante a cada recurso planteado por su turno señala: respecto al recurso de apelación presentado por los abogados Salinas Gamarra hace referencia a lo dispuesto por el art. 563 del Código de Procedimiento Civil, mismo que tiene que ver con la universalidad del concurso, art. 1.345.I num. 1) del mismo cuerpo legal referido a los privilegios generales sobre los bienes mueble e inmuebles; estableciendo que este no involucra los honorarios profesionales de los concursados, como pretenden los profesionales apelantes, cuya petición debe concretarse dentro de los respectivos procesos ejecutivos o coactivos en los que actuaron como defensores de los ahora concursados. En ese contexto señala que el art. 77 de la Ley de la Abogacía preceptuaba que el pago de honorarios profesionales tenía calidad de acreencia privilegiada en todo proceso judicial en el que el profesional solicite su pago, no rigiendo lo preceptuado en un proceso concursal como el que nos ocupa, sino el art. 1.345 num.1) del Código Civil que limita la extensión de los privilegios a los gastos de justicia anticipados en interés común de los acreedores, no siendo posible acoger como acreencia privilegiada los honorarios profesionales de los concursados