Auto Supremo AS/0415/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0415/2016-RRC

Fecha: 13-Jun-2016

Denuncia defectos absolutos que los Vocales de la Sala Penal Segunda de Tarija resolvieron declarar


Denuncia defectos absolutos que los Vocales de la Sala Penal Segunda de Tarija resolvieron declarar sin lugar, bajo el argumento que las mismas debieron haberse interpuesto durante la etapa preparatoria, o en juicio en la fase de incidentes y excepciones, omisión que a criterio de las precitadas autoridades, impide la posibilidad de hacerlo en alzada, señalando además que se debe aparejar la documental y antecedentes a efectos de su probanza; sin considerar, por un parte, la existencia de defectos absolutos sancionados con la nulidad absoluta; y por otra, que en el memorial del recurso se habría hecho constar que se adjuntaron fotocopias del cuaderno de investigación, cuaderno de autos, acta de registro de juicio y de la Sentencia. Actuaciones que demuestran que el Tribunal de apelación desconoció la obligación de corregir de oficio la existencia de defectos absolutos, pese a la obligación que tiene de fundamentar sus resoluciones, pronunciándose sobre cada punto apelado, contradiciendo lo establecido en el Auto Supremo 193/2013 de 11 de julio, cuya doctrinal legal estaría referida a la ausencia de fundamentación en el Auto de Vista cuando se evidencia, que no se dio respuesta a todos los aspectos cuestionados en la apelación restringida