En cuanto a la nulidad de los actos procesales, en la SC 1644/2004-R de 11
La nulidad procesal consiste en la privación de efectos a los actos procesales que adolecen de algún vicio en sus elementos esenciales y que por ello, carecen de aptitud para cumplir el fin para el que se hallan destinados.
En cuanto a la nulidad de los actos procesales, en la SC 1644/2004-R de 11 de octubre, se señaló lo siguiente “…la nulidad consiste en la ineficacia de los actos procesales que se han realizado con violación de los requisitos, formas o procedimientos que la ley procesal ha previsto para la validez de los mismos; a través de la nulidad se controla la regularidad de la actuación procesal y se asegura a las partes el derecho constitucional al debido proceso. Por regla general la nulidad procesal retrotrae el proceso al momento anterior al que se genera el vicio de procedimiento, es decir, la inobservancia de los requisitos, formas o procedimientos previstos por la Ley procesal, a esa regla se impone la excepción para los casos en los que al sustanciarse un incidente o trámite ajeno al asunto principal se produzca el vicio, o cuando una actuación procesal posterior no dependa del acto viciado, casos en los que el Juez puede disponer la anulación de algún acto procesal específico; empero, para ello el auto que declare la nulidad de obrados debe señalar con precisión la o las actuaciones que deben renovarse, de no especificarse se aplica la regla general de retrotraer el proceso al momento anterior al que se originó el vicio”. Es decir, la autoridad jurisdiccional debe observar y está obligada a cumplir las reglas que el legislador ha establecido para la tramitación de los procesos, asegurando el derecho al debido proceso y el principio de la seguridad jurídica (SC 0687/2005-R de 20 de junio)
- Por memorial presentado el 21 de diciembre de 2015, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a) Por Sentencia 02/2015 de 24 de marzo (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Ángel Miranda Armella, interpuso recurso de apelación restringida
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 138/2016-RA de 22 de febrero,
- Alega que en su recurso de apelación restringida denunció, que durante la etapa preparatoria: a)
- Denuncia defectos absolutos que los Vocales de la Sala Penal Segunda de Tarija resolvieron declarar
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita que se aplique correctamente el derecho, se admita el recurso de casación
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Durante el desarrollo de la audiencia del juicio oral, las partes no opusieron incidentes ni
- II.2. De la Sentencia
- Por Sentencia 02/2015 de 24 de marzo (fs
- b) La conducta del acusado se adecúa al tipo penal descrito por el art
- c) El accionar del imputado se basa en que era el único hermano que se
- d) La menor NN, en su declaración realizó una firme acusación contra su hermano y
- e) Finalmente, resulta inimaginable que alguien denuncie a un hermano, inventando episodios que lo exponen
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Ángel Miranda Armella interpuso recurso de apelación restringida, del
- Con relación a ello, sostiene que a pesar que el Tribunal de Sentencia de Bermejo
- II.4. Del Auto de Vista impugnado
- III.1. Precedente contradictorio invocado
- El recurrente invocó el Auto Supremo 193/2013 de 11 de julio, cuya doctrina legal aplicable
- En ese entendido, existe ausencia de fundamentación en el Auto de Vista cuando en el
- III.2. Sobre la nulidad de los actos procesales
- En cuanto a la nulidad de los actos procesales, en la SC 1644/2004-R de 11
- A lo señalado, la SC 0731/2010-R de 26 de julio, agregó que: “…los presupuestos o
- En concordancia con éste último principio se tiene a la impugnación tardía de las nulidades,
- De lo que se colige, que toda nulidad debe ser reclamada oportunamente a través de
- Siempre con relación al mismo tema, relativo a la nulidad de los actos procesales, la
- En síntesis, el que demande por vicios procesales, para que su incidente sea considerado por
- Dichas condiciones deberán ser explicadas, además, por el incidentista en su solicitud, señalando, en forma
- De la jurisprudencia constitucional glosada precedentemente, es posible concluir que para evitar impugnaciones en casación
- En el juicio oral, las partes tienen también a su alcance la posibilidad de interposición
- III.3. Análisis del caso concreto
- Entre los elementos constitutivos del debido proceso, se encuentra el derecho a recurrir de los
- Dicho ello, corresponde a continuación ingresar al análisis de lo demandado, lo que se circunscribe
- Denuncias concebidas por el ahora recurrente como defectos absolutos que, a su decir, los Vocales
- Ahora bien, conforme a la jurisprudencia constitucional y a la doctrina legal expuesta en el
- Por ser de interés al tema analizado, resulta necesario revisar el principio de convalidación, puesto
- De la revisión de los argumentos del fallo pronunciado en alzada, se evidencia que éste,
- Finalmente y de acuerdo a la previsión de los arts
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
