Auto Supremo AS/0437/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0437/2016-RRC

Fecha: 14-Jun-2016

El precedente invocado por el recurrente, el Auto Supremo 251 de 22 de julio de


El precedente invocado por el recurrente, el Auto Supremo 251 de 22 de julio de 2005, fue pronunciado en un proceso seguido por el delito de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, en el que se emitió la Sentencia que declaró a la imputada, autora de los hechos, imponiéndole la pena de tres años de reclusión y al pago del daño civil causado. Formulado el recurso de apelación restringida, fue resuelto por Auto de Vista, que declaró procedente el recurso, dictando nueva sentencia absolutoria en favor de la imputada. Interpuesto el recurso de casación por la parte acusadora, la entonces Corte Suprema de Justicia, señaló que siendo evidente la contradicción jurídica con referencia a que el Tribunal de alzada no se encuentra facultado para valorar la prueba, por no existir segunda instancia en el nuevo sistema procesal penal, emitió la siguiente doctrina legal aplicable:

“…el Tribunal de Alzada no se encuentra legalmente facultado para valorar total o parcialmente la prueba; debiendo en consecuencia, circunscribir sus actos a los asuntos que fueron objeto de la apelación restringida; en caso, de no encontrar vicios en la sentencia o defectos absolutos durante el desarrollo del proceso penal, deberá declarar la improcedencia del recurso de apelación restringida, debidamente fundamentada; confirmando la sentencia apelada