Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0460/2016-RRC
Fecha: 16-Jun-2016
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 5 de febrero de 2016, cursante de fs
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I.1.Antecedentes
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b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Genoario Cruz León, interpuso recurso de apelación restringida
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 258/2016-RA de 21 de marzo,
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1) Alega que el Auto de Vista impugnado incurrió en falta de fundamentación; por tanto,
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3) Sostiene que el Tribunal de apelación, contradijo la doctrina legal del Auto Supremo 53/2012
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I.1.2. Petitorio
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La recurrente solicita que este Tribunal, anule totalmente el Auto de Vista y se emita
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I.2. Admisión del recurso
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
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El Tribunal de Sentencia, fundamentó señalando que se probaron los siguientes hechos: que el 22
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II.2.De la apelación restringida
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Mediante recurso de apelación restringida, el imputado denunció: a) Errónea aplicación de la ley sustantiva,
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II.3.Del Auto de Vista impugnado
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Inicialmente, fue emitido el Auto de Vista 10/2015 de 23 de febrero, que fue dejado
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Asimismo indica que “Advirtiendo nuevamente que existió solidez en las declaraciones y relación con las
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c) Respecto al tercer motivo, relativo a que la Sentencia estaría basada en hechos inexistentes
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El Tribunal Supremo de Justicia, admitió el recurso de casación interpuesto por la querellante Agripina
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III.1.Sobre la denuncia de que el Auto de Vista impugnado incurrió en falta de fundamentación
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La recurrente invocó en su recurso como precedente, el Auto Supremo 443 de 11 de
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La Corte Suprema de Justicia, intérprete de la "legalidad", cumple una función unificadora de la
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Que el Tribunal de Casación ha establecido una línea doctrinal concerniente a los aspectos que
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Así, si una resolución cumple con la garantía de la debida motivación y está sustentada
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De ahí que los fallos deben ser debidamente fundamentados, no siendo suficiente que el juzgador
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De manera específica, con relación a las resoluciones emitidas por los Tribunales de apelación, previa
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Respecto a lo anterior, la jurisprudencia constitucional, desarrolló el alcance y finalidad del derecho a
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Lo precedentemente señalado, evidencia que el Tribunal de apelación, no se encuentra exento de fundamentar
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En el caso de autos, se evidencia que ante el recurso de apelación restringida formulado
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III
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La recurrente invocó como precedente, el Auto Supremo 141 de 22 de abril de 2006,
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Al respecto, habiéndose denunciado por la ahora recurrente que el Tribunal de alzada no circunscribió
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La recurrente invocó como precedente, el Auto Supremo 53/2012 de 22 de marzo, que fue
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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A los efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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