Auto Supremo AS/0653/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0653/2016

Fecha: 15-Jun-2016

De lo expuesto se infiere que la prueba documental que fue citada por el Juez

De lo expuesto se infiere que la prueba documental que fue citada por el Juez A quo, crearon convicción suficiente en su autoridad para emitir el fallo de primera instancia, pues es en base a dichos medios probatorios, que consideró que existe precisión en cuanto a la identificación del bien inmueble objeto de la litis, es decir que existe precisión sobre su ubicación y límites, aspectos que le permitieron determinar cuál de las partes procesales tendría el mejor derecho propietario; de esta manera se deduce que la observación que realizó el Tribunal de Alzada referida a que la sentencia no establecería de manera meridiana si los bienes resultan los mismos, carece de sustento, resultando fundado el reclamo expuesto por la parte recurrente