Auto Supremo AS/0655/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0655/2016

Fecha: 15-Jun-2016

Por otra parte señala que los detentadores (inquilinos) no pueden adquirir la propiedad por usucapión


Por otra parte señala que los detentadores (inquilinos) no pueden adquirir la propiedad por usucapión y menos transformarse en legítimos poseedores si comenzaron poseyendo el bien por cuenta de otro, no habiendo cambiando su condición hasta el presente, en ello en base a los contratos suscritos que merecen la fe probatoria que les asigna el art. 399 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia no existe vulneración de disposiciones legales aplicadas al caso