Auto Supremo AS/0656/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0656/2016

Fecha: 15-Jun-2016

III.1.- De la explicación y/o enmienda


A su vez, los demandantes a través de su representante Mary Bertha Rojas Medina, responden en base a los fundamentos expresados en el memorial de fs. 502 a 505 y vta, solicitando se declare infundado el recurso de casación en el fondo e improcedente en la forma, cuyo contenido al ser similar al memorial de respuesta cursante de fs. 462 a 465 y vta., con respecto al recurso interpuesto por la demandada Ana Verónica Ruiz Arteaga, se hace innecesario resumir su contenido.

III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO:

III.1.- De la explicación y/o enmienda:

Para el caso de Autos se deberá tener presente lo dispuesto en el Auto Supremo Nº 190/2015 – L de 18 de marzo, que indica: “Respecto a que el Ad quem, confunde los daños y perjuicios con el alcance de las costas procesales, se debe indicar que la confusión en la fundamentación del Auto de Vista, es un vició procesal que -previa petición de aclaración y/o explicación- correspondía ser impugnada mediante un recurso de casación en la forma, pues toda contradicción entre la fundamentación y la parte dispositiva, se refiere a una congruencia interna de la Resolución, o en su defecto si la petición del apelante fuera de calificar responsabilidad contractual y el Ad quem emitió una decisión sobre responsabilidad extracontractual, la misma también debió ser impugnada –previa petición de explicación y/o enmienda- por incongruencia externa, en sentido de exponer que la decisión asumida por el Tribunal de Alzada no responde a la pretensión recursiva, cuestionamientos que no han sido explanados por el recurrente