Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0739/2016
Fecha: 28-Jun-2016
Distrito: Beni
Distrito: Beni
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Chávez Cuellar, Ana
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Proceso: Nulidad de compraventa
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Distrito: Beni
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I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Contra la referida Resolución, Yuly Cortez Villarroel representada por Jorge Enrique Toledo Cortez, por memorial
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En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Mixta del Tribunal Departamental de Justicia de
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Denuncia que el Tribunal de Apelación no consideró ni valoró la eficacia de las pruebas
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Arguye que el Tribunal de Alzada al omitir valorar la prueba testifical vulnera el arts
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Señala que el Auto de Vista en lo que se refiere a la valoración de
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Denuncia que el Tribunal de Alzada al confirmar la Sentencia no considera los efectos de
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Asimismo acusa la violación de los siguientes artículos: 110 de Sustantivo Civil por que los
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Señala que los jueces de Alzada no consideraron los efectos extintivos de la prescripción, pues
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Denuncia que el Tribunal de Segunda instancia no consideró los efectos del art
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Finalmente acusa que el Tribunal Ad quem desconocería los efectos del art
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Por los fundamentos expuestos solicita se emita Auto Supremo casando el Auto de Vista recurrido
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Asimismo, refiere que existiría causal de nulidad, que sería la invocada y mal interpretada por
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Acusa que los jueces de instancia no analizaron el art
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Denuncia que el Auto de Vista no se manifiesta sobre la corriente jurisprudencial emitida por
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Finalmente denuncia que el Auto de Vista no justifica la falta de aplicación objetiva
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Agravios que considera ameritan la nulidad pues el Juez de la causa debió circunscribirse a
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Por lo expuesto solicita se case el Auto de Vista recurrido, así como la Sentencia,
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III.1. Del plazo para interponer recurso de casación
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En ese entendido, la indicada Ley en el art
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Consiguientemente y toda vez que el plazo para interponer el recurso de casación, hasta antes
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III.2. De la explicación y complementación
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Como se advierte, la norma antes referida otorgaba a la parte recurrente de apelación la
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III.3. De la falsificación de firmas como causal de nulidad
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En este entendido debemos puntualizar que toda falsificación es evidentemente un acto ilícito y como
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Si bien el art
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En ambos casos la conducta no constituye un ilícito reprochable a su autor
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… la falsificación de los instrumentos públicos, como se fundamento supra entra en pugna con
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En virtud a este razonamiento, este Tribunal Supremo no puede reconocer una transferencia que se
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El Auto de Vista Nº 112/2015 de fecha 17 de junio, cursante de fs
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De estas consideraciones se tiene que, conforme a lo establecido en el art
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Por lo expuesto y dada la extemporaneidad en la presentación del recurso de casación corresponde
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Ahora bien, con relación a que los jueces de instancia no habrían analizado el art
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Sin embargo, y toda vez que el presente reclamo se encuentra también orientado a acusar
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De lo expuesto se advierte que el Tribunal de Apelación, contrariamente a lo acusado por
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Sobre la aplicación del art
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Finalmente, corresponde analizar si el extremo referido a que la causal que fue invocada por
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En base a estos antecedentes y conforme a la prueba cursante en obrados, el Juez
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Consiguientemente, se infiere que la decisión asumida por los jueces de instancia, al margen de
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Consiguientemente, en virtud a los fundamentos expuestos, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
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