Auto Supremo AS/0252/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0252/2016

Fecha: 25-Jul-2016

Por lo anotado, y siendo que la decisión asumida por la asegurada se encuentra enmarcada

Por lo anotado, y siendo que la decisión asumida por la asegurada se encuentra enmarcada en una situación de comprobada necesidad como ocurrió en el caso de examen, dado que al no haber sido atendida y tratada oportuna, eficaz y eficientemente y con responsabilidad por los servicios médicos del ente gestor (Caja Petrolera de Salud), su decisión fue la más acertada a efectos de resguardar su propia vida, de modo que, no constituye óbice alguno para el reconocimiento económico de los gatos médicos realizados particularmente, aun sea con la literalidad expresada en su contenido como letra menuda respecto a la liberación de posibles responsabilidades al ente gestor, pues sobre ello se encuentra siempre pendiente la máxima de una verdad material antes que formal, conforme se tiene plasmado en el art. 180.I de la misma CPE