Por su trascendencia, este Tribunal Supremo de Justicia considera conveniente en primer término puntualizar que
I.5 Petitorio
Concluye solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia confirme totalmente el Auto de Vista recurrido.
CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
Por su trascendencia, este Tribunal Supremo de Justicia considera conveniente en primer término puntualizar que del contenido del recurso se entiende que la empresa recurrente alega error de hecho en la valoración de la prueba consistente en boletas de pago y en el contrato ya que –dice- constituye ley entre las partes; sobre esa base plantea revisión del juicio fáctico contenido en la Sentencia al señalar que el subsidio de frontera no puede pagarse dos veces ya que el mismo fue ya incluido en la remuneración mensual pactada
Concluye solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia confirme totalmente el Auto de Vista recurrido.
CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
Por su trascendencia, este Tribunal Supremo de Justicia considera conveniente en primer término puntualizar que del contenido del recurso se entiende que la empresa recurrente alega error de hecho en la valoración de la prueba consistente en boletas de pago y en el contrato ya que –dice- constituye ley entre las partes; sobre esa base plantea revisión del juicio fáctico contenido en la Sentencia al señalar que el subsidio de frontera no puede pagarse dos veces ya que el mismo fue ya incluido en la remuneración mensual pactada
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- En ejecución de Sentencia se dará aplicación a la multa del 30% prevista en
- Contra la referida Sentencia, EMTAGAS, interpuso recurso de apelación mediante memorial de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación interpuesto por EMTAGAS, con los fundamentos expuestos
- Respecto a la multa del 30% sostiene que no corresponde sobre su totalidad toda vez
- Concluye solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista recurrido y
- El actor, legalmente citado con el recurso de casación, con memorial de fs
- Asimismo pide se tome en cuenta el DS N° 21137 y la LGT así como
- Por su trascendencia, este Tribunal Supremo de Justicia considera conveniente en primer término puntualizar que
- De lo relacionado se advierte que en el proceso laboral, si bien el juzgador posee
- La doctrina reconoce la existencia de presunciones efectuadas por los jueces (estimadas en inferencias lógicas
- En el análisis específico de la problemática planteada en el caso, de la revisión de
- Sobre la referida valoración del contrato, las boletas de pago y la presunción a la
- Así entonces, frente a la postura, en apariencia lógica de los tribunales inferiores, la adecuada
- Habiéndose demostrado con la prueba literal enunciada que el empleador cumplió con sus obligaciones laborales
- Por todo lo fundamentado, corresponde dar aplicación a la disposición contenida en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se constituye en disidente el Magistrado de la Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
