I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L
Auto Supremo: 816/2016 Sucre: 13 de julio 2016 Expediente: SC-144-15-S Partes: Mario Orellana Senzano c/ Hudson Orellana Loma
Proceso: Nulidad de Documento Privado Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de Casación en el fondo y en la forma de fs. 381 a 387 y vta., interpuesto por Hudson Orellana Loma, contra el Auto de Vista de 19 de febrero de 2015 cursante a fs. 379 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de Nulidad de Documento Privado seguido por Mario Orellana Senzano contra Hudson Orellana Loma, respuesta de 392 y vta.; concesión de fs. 393 y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Doceavo de Partido en lo Civil y Comercial de Santa Cruz, dictó Sentencia de fecha 29 de enero de 2014 cursante de fs. 352 a 353 y vta., por el que declaró: IMPROBADA la demanda principal de fs. 116 a 117, interpuesta por Mario Orellana Senzano
Auto Supremo: 816/2016 Sucre: 13 de julio 2016 Expediente: SC-144-15-S Partes: Mario Orellana Senzano c/ Hudson Orellana Loma
Proceso: Nulidad de Documento Privado Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de Casación en el fondo y en la forma de fs. 381 a 387 y vta., interpuesto por Hudson Orellana Loma, contra el Auto de Vista de 19 de febrero de 2015 cursante a fs. 379 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de Nulidad de Documento Privado seguido por Mario Orellana Senzano contra Hudson Orellana Loma, respuesta de 392 y vta.; concesión de fs. 393 y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Doceavo de Partido en lo Civil y Comercial de Santa Cruz, dictó Sentencia de fecha 29 de enero de 2014 cursante de fs. 352 a 353 y vta., por el que declaró: IMPROBADA la demanda principal de fs. 116 a 117, interpuesta por Mario Orellana Senzano
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Mario Orellana Senzano por
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- Luego de lo anotado, señalar además que la doctrina calificaría aquel aspecto y otras consideraciones,
- En el fondo
- Respecto al art
- En referencia al art
- Lo referido al art
- Asimismo respecto al art
- En la forma
- Pidiendo se dicte anule el Auto de Vista y confirme la Sentencia
- De la respuesta al recurso
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Respecto a la congruencia que deben guardar las resoluciones en segunda instancia respecto a la
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- No obstante ello, de la lectura del “recurso de casación”, al referir desde fs
- Con lo referido, soslayando aquel defecto y en consideración a lo previsto por el art
- En consecuencia el Ad quem, en el marco de los agravios apelados, tiene la potestad
- Por lo anterior se concluye que el Tribunal de Alzada al disponer la nulidad de
- Conforme a lo razonado, el Tribunal de segunda instancia, al emitir una segunda sentencia como
- Consecuentemente corresponde ser acogido de manera favorable la pretensión del recurrente de invalidar el Auto
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- En cumplimiento a lo previsto por el artículo 17
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
