Auto Supremo AS/0858/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0858/2016

Fecha: 20-Jul-2016

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L


Auto Supremo: 858/2016 Sucre: 20 de julio 2016 Expediente: LP – 160 – 15 – S Partes: Nicolasa Merlo de Romero c/ Clímaco Flores Lira Proceso: Reivindicación y pago de daños y perjuicios Distrito: La Paz

VISTOS: El recurso de casación de fs. 405 a 408 y vta., formulado por Clímaco Flores Lira, en contra del Auto de Vista signado con Resolución Nº S-94/2015 de 10 de marzo, que cursa de fs. 384 a 386 y vta., pronunciado por la Sala Civil Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de reivindicación y pago de daños y perjuicios seguido por Nicolasa Merlo de Romero en contra del recurrente, la concesión de fs. 418, los antecedentes procesales; y,
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La jueza de Partido Octavo en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, pronuncia la Sentencia signada con Resolución Nº 201/2014 de 13 de agosto, que declara improbada la demanda principal de fs. 8 a 9 sobre reivindicación, posesión restitutoria, pago de daños y perjuicios, frutos civiles, daño emergente y lucro cesante; asimismo declaró probada en parte la demanda reconvencional en relación a la acción negatoria e improbada en relación al pago de daños y perjuicios, frutos civiles y morales, daño emergente y lucro cesante, así como la demanda de usucapión decenal; también declaró improbada la excepción perentoria de falta de acción y derecho, formulado por Clímaco Flores Lira en fs. 62 a 66, como consecuencia de lo asumido declara la “inexistencia de ningún derecho de propiedad” de Nicolasa Merlo vda. de Romero sobre predios que forman pare de la Urbanización El Faro ubicado en la zona de Achumani a lo largo de la Av. Alexander entre las calles 14 y 23, de propiedad de Clímaco Flores Lira